1. ¿Qué es y para qué sirve la Apostilla de la Haya?
Es un tipo de legalización simplificada de instrumentos que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros. Es decir, cuando un documento público o un documento notarial debe traspasar las fronteras del país, es necesario obtener una legalización internacional para que tenga validez en le mismo.
Físicamente este certificado se adjunta al documento original para que posea validez en otros países.


2. Procedimiento:

  1- Antes de iniciar el trámite debe cerciorarse si el documento a apostillar o legalizar, es de origen físico o digital.

*DOCUMENTO DIGITAL

  • En caso de ser un documento digital, debe enviar un mail a apostillas@escribanos.org.ar con el PDF tal como lo descargó o lo recibió (sin escanear), indicando en el asunto el nombre completo del titular del documento. A tener en en cuenta: No recibirá un mail de confirmación

  • Una vez enviado el mail debe presentarse en el Colegio con:

  • Documento PDF impreso. 

  • Mail impreso.

  • Formulario para apostillas digitales. 

  • Excepciones: Las partidas de nacimiento, defunción, o matrimonio del Registro Civil de la Provincia de Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires y CABA, el certificado de antecedentes penales, y los certificados ANMAT no deben enviarse por mail.

*DOCUMENTO FÍSICO

  • Si el documento a apostillar o legalizar es físico, debe presentarse en el Colegio de Escribanos.

 

2- En el Colegio de Escribanos: 
  • El trámite se realiza SIN TURNO, de manera PRESENCIAL.

Horario de presentación de documentación: de 8:00 a 15:00.

Horario de retiro de trámites: de 8:00 a 16:00.

  • Plazo de entrega: Las apostillas y legalizaciones de expedición simple tienen una demora de 10 a 15 días hábiles. Las urgentes se entregan a partir de las 72 hs. hábiles posteriores a su presentación.

En caso de no poder concurrir, puede enviar a cualquier otra persona sin autorización.

Requisitos:

  • Toda la DOCUMENTACIÓN se recibe en ORIGINAL, con sus respectivas legalizaciones.

Excepto: protocolo notarial; DNI; pasaporte; libreta de familia.

  • La documentación para apostillar debe haber sido emitida en Argentina. No se apostilla documentación emitida en otro país.


3. ¿Debo realizar una Apostilla o una Legalización Internacional?

  • Si el país al que quiero presentar la documentación se encuentra en el listado de países dentro del convenio con La Haya, corresponde realizar Apostilla. Si no se encuentra dentro de dicho convenio, se debe optar por la Legalización Internacional.

Los documentos comerciales deben llevar legalización internacional, aun en el caso de que el país se encuentre dentro del Convenio de La Haya.


4.¿Qué apostilla debo realizar?

  • Apostilla notarial: corresponde a los documentos que han sido intervenidos por un Escribano, y requieren la legalización del Colegio.

  • Apostilla administrativa o judicial: corresponde a los documentos públicos emitidos por una autoridad argentina o un organismo argentino.


5. ¿Qué documentos se deben apostillar?

  • Documentación emitida por el Registro Civil: Partidas de nacimiento, matrimonio, defunciones, reconocimientos, declaración jurada de estado civil, inscripciones en el Registro Civil de la provincia de Córdoba, Provincia de Bs. As, CABA, Santa Fe.

¿Qué debo hacer?

Debes solicitar la documentación a través de Cidi (Ciudadano Digital), legalizada.

Se apostilla el documento impreso con firma digital.

Importante: en el caso de actas emitidas en otras provincias, si cuentan con firma digital se procede al apostillado. En cambio, si tienen firma manuscrita deben legalizarse previamente en Ministerio del Interior.

  • Documentos judiciales: documentación expedida por un funcionario del Poder Judicial, por ejemplo: sentencias; adopción; declaratoria de herederos; acuerdos extra judiciales; entre otros.

¿Qué debo hacer?

Se debe legalizar la firma del Secretario o Sub- Secretario del Juzgado interviniente, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.

  • Certificados de Antecedentes Penales Policiales: Esta documentación es la constancia que certifica que una persona registra o no antecedentes penales y/o contravencionales en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba.

¿Qué debo hacer?

Legalizar la documentación en el Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Córdoba y luego en Tribunales, que se encuentra en la calle Arturo M. Bas 158.

  • Certificado de carnet de conducir: esta certificación debe ser firmada por un Oficial Público, Intendente, Jefe Comunal o Juez de Paz.

¿Qué debo hacer?

Se debe legalizar en Tribunales, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.

  • Certificados de Educación: Títulos, analíticos, certificado de materias aprobadas, correlato de escalas, plan de estudio, carga horaria, programas, etc.

¿Qué debo hacer?

Se deben realizar las legalizaciones respectivas en el Ministerio de Educación de la Nación o Ministerio de Educación de la Pcia. de Córdoba, según corresponda.

Universitario: Legalización del Ministerio de Educación de la Nación. Si la firma es anterior al 2012, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.

Secundarios y terciarios: Legalización del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. Si la firma es anterior al 2010, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.

  • Certificados de salud. Documentación firmada por un médico

¿Qué debo hacer?

Antes de realizar el apostillado, deberás cumplimentar la siguiente cadena de legalizaciones:

1. Legalizar en Consejo de Médicos

2. Legalizar en Ministerio de Salud

3. Legalizar en Tribunales en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.

4- Apostillar en el colegio de Escribanos: ingreso de 8 a 15 hs, por orden de llegada.

  • Colegios profesionales: Certificados, títulos, especialidades.

¿Qué debo hacer?

Se legaliza en el Colegio profesional correspondiente, en el Ministerio correspondiente, y luego en Tribunales.

  • Traducciones: Debe ser legalizado en el Colegio de Traductores. Solo se reciben traducciones de otras provincias con firma digital. En este caso debe enviar e-mail de la legalización.

  • Documentos Notariales:

Primer testimonio; declaración jurada; certificación de firma; certificación de fotocopia (DNI, pasaporte, Libreta de familia, documentos ya apostillados en su original); Certificación de página web (ANSES-AFIP); Carta de invitación; Autorización de viaje; Autorización de conducir.

IMPORTANTE: NO ESTÁ PERMITIDO EL ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN POR CORREO POSTAL. LA MISMA DEBE SER PRESENTADA EN NUESTRA INSTITUCIÓN EN LOS HORARIOS INDICADOS.


6. ¿Qué hacer en caso de demora en la entrega del trámite?

En caso de presentar demora de entre 7  y 10 días hábiles administrativos y el mismo no figura en nuestro sitio web de consulta como disponible para la entrega, por favor enviar un mail a la casilla apostillas@escribanos.org.ar indicando número de ticket de control y número de recibo a los fines de poder localizarlo y darle pronta respuesta. En caso de estar observado deberá presentarse al Colegio y retirar el trámite para su subsanación.

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