Es un tipo de legalización simplificada de instrumentos que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros. Es decir, cuando un documento público o un documento notarial debe traspasar las fronteras del país, es necesario obtener una legalización internacional para que tenga validez en el mismo.
Físicamente este certificado se adjunta al documento original para que posea validez en otros países.
1- Antes de iniciar el trámite debe cerciorarse si el documento a apostillar o legalizar, es de origen físico o digital.
DOCUMENTO DIGITAL
DOCUMENTO FÍSICO
Si el documento a apostillar o legalizar es físico, debe presentarse en el Colegio de Escribanos.
2- En el Colegio de Escribanos:
Requisitos:
Si el país al que quiero presentar la documentación se encuentra en el LISTADO de países dentro del convenio con La Haya, corresponde realizar Apostilla. Si no se encuentra dentro de dicho convenio, se debe optar por la Legalización Internacional.
Los documentos comerciales: play list o factura comercial deben llevar legalización internacional, aun en el caso de que el país se encuentre dentro del Convenio de La Haya.
Documentación emitida por el Registro Civil: Partidas de nacimiento, matrimonio, defunciones, reconocimientos, declaración jurada de estado civil, inscripciones en el Registro Civil de la provincia de Córdoba, Provincia de Bs. As, CABA, Santa Fe.
¿Qué debo hacer?
Debes solicitar la documentación a través de Cidi (Ciudadano Digital), legalizada.
Se apostilla el documento impreso con firma digital.
Importante: en el caso de actas emitidas en otras provincias, si cuentan con firma digital se procede al apostillado. En cambio, si tienen firma manuscrita deben legalizarse previamente en Ministerio del Interior.
Documentos judiciales: documentación expedida por un funcionario del Poder Judicial, por ejemplo: sentencias; adopción; declaratoria de herederos; acuerdos extra judiciales; entre otros.
¿Qué debo hacer?
Se debe legalizar la firma del Secretario o Sub- Secretario del Juzgado interviniente, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.
Certificados de Antecedentes Penales: Esta documentación es la constancia que certifica que una persona registra o no antecedentes penales y/o contravencionales.
Certificado de carnet de conducir: esta certificación debe ser firmada por un Oficial Público, Intendente, Jefe Comunal o Juez de Paz.
¿Qué debo hacer?
Se debe legalizar en Tribunales, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.
Certificado de Legalidad emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial: Sólo es válido el solicitado para el exterior. Una vez obtenido el pdf, se procede a apostillar.
Certificados de Educación: Títulos, analíticos, certificado de materias aprobadas, correlato de escalas, plan de estudio, carga horaria, programas, etc.
¿Qué debo hacer?
Se deben realizar las legalizaciones respectivas en el Ministerio de Educación de la Nación o Ministerio de Educación de la Pcia. de Córdoba, según corresponda.
Universitario: Legalización del Ministerio de Educación de la Nación. Si la firma es anterior al 2012, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.
Secundarios y terciarios: Legalización del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. Si la firma es anterior al 2010, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.
Certificados de salud. Documentación firmada por un médico
¿Qué debo hacer?
Antes de realizar el apostillado, deberás cumplimentar la siguiente cadena de legalizaciones:
1. Legalizar en Consejo de Médicos
2. Legalizar en Ministerio de Salud
3. Legalizar en Tribunales en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.
4- Apostillar en el colegio de Escribanos: ingreso de 8 a 15 hs, por orden de llegada.
Colegios profesionales: Certificados, títulos, especialidades.
¿Qué debo hacer?
Se legaliza en el Colegio profesional correspondiente, en el Ministerio correspondiente, y luego en Tribunales.
Traducciones
Debe ser legalizado en el Colegio de Traductores, Rosario de Sta. Fe 231 piso 5. Solo se reciben traducciones de otras provincias con firma digital. En este caso debe enviar e-mail de la legalización.
Documentos Notariales:
Primer testimonio; declaración jurada; certificación de firma; certificación de fotocopia (DNI, pasaporte, Libreta de familia, documentos ya apostillados en su original); Certificación de página web; Carta de invitación; Autorización de viaje; Autorización de conducir, entre otros.
IMPORTANTE: NO ESTÁ PERMITIDO EL ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN POR CORREO POSTAL. LA MISMA DEBE SER PRESENTADA EN NUESTRA INSTITUCIÓN EN LOS HORARIOS INDICADOS.
DEBERÁ PRESENTARSE PERSONALMENTE al Colegio ya que, una vez transcurrido el plazo de la gestión, informado por caja: SIMPLE (3 días hábiles) o URGENTE (24 a 48 hs.), la documentación ya esta procesada.
En el caso de no poder asistir de manera personal, puede enviar otra personas con el ticket de control a los fines de poder localizarlo.