Colegio de Escribanos

Apostillas - Preguntas frecuentes

Es un tipo de legalización simplificada de instrumentos que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros. Es decir, cuando un documento público o un documento notarial debe traspasar las fronteras del país, es necesario obtener una legalización internacional para que tenga validez en el mismo.
Físicamente este certificado se adjunta al documento original para que posea validez en otros países.

1- Antes de iniciar el trámite debe cerciorarse si el documento a apostillar o legalizar, es de origen físico o digital.

DOCUMENTO DIGITAL

  • En caso de ser un documento digital, debe enviar un mail a apostillas@escribanos.org.ar con el PDF tal como lo descargó o lo recibió (sin escanear), indicando en el asunto el nombre completo del titular del documento. A tener en en cuenta: No recibirá un mail de confirmación.
  • Excepciones: Las partidas de nacimiento, defunción, o matrimonio del Registro Civil de la Provincia de Córdoba, Santa Fe y CABA, el certificado de antecedentes penales, no deben enviarse por mail.
  • Una vez enviado el mail debe presentarse en el Colegio con:
  • Documento PDF impreso.
  • Mail impreso.
  • Formulario para apostillas digitales. ACCEDER

DOCUMENTO FÍSICO

Si el documento a apostillar o legalizar es físico, debe presentarse en el Colegio de Escribanos.

2- En el Colegio de Escribanos:

  • El trámite se realiza SIN TURNO, de manera PRESENCIAL. En caso de no poder concurrir, puede enviar a cualquier otra persona sin autorización con el comprobante que se le entregó el día de presentación del trámite
  • Horario de presentación de documentación: de 8:00 a 15:00.
  • Horario de retiro de trámites: de 8:00 a 16:00.
  • Plazo de entrega: Las apostillas y legalizaciones de expedición simple tienen una demora de 3 días hábiles. Las urgentes se entregan a partir de las 24 a 48 hs. hábiles posteriores a su presentación.

Requisitos:

  • Toda la DOCUMENTACIÓN se recibe en ORIGINAL, con sus respectivas legalizaciones.
  • Excepto: protocolo notarial; DNI; pasaporte; libreta de familia, entre otros.
  • La documentación para apostillar debe haber sido emitida en Argentina. No se apostilla documentación emitida en otro país.

Si el país al que quiero presentar la documentación se encuentra en el LISTADO de países dentro del convenio con La Haya, corresponde realizar Apostilla. Si no se encuentra dentro de dicho convenio, se debe optar por la Legalización Internacional.

Los documentos comerciales: play list o factura comercial deben llevar legalización internacional, aun en el caso de que el país se encuentre dentro del Convenio de La Haya. 

  • Apostilla notarial: corresponde a los documentos que han sido intervenidos por un Escribano, y requieren la legalización del Colegio.
  • Apostilla administrativa o judicial: corresponde a los documentos públicos emitidos por una autoridad argentina o un organismo argentino.

Documentación emitida por el Registro Civil: Partidas de nacimiento, matrimonio, defunciones, reconocimientos, declaración jurada de estado civil, inscripciones en el Registro Civil de la provincia de Córdoba, Provincia de Bs. As, CABA, Santa Fe.

¿Qué debo hacer?

Debes solicitar la documentación a través de Cidi (Ciudadano Digital), legalizada.

Se apostilla el documento impreso con firma digital.

Importante: en el caso de actas emitidas en otras provincias, si cuentan con firma digital se procede al apostillado. En cambio, si tienen firma manuscrita deben legalizarse previamente en Ministerio del Interior.



Documentos judiciales: documentación expedida por un funcionario del Poder Judicial, por ejemplo: sentencias; adopción; declaratoria de herederos; acuerdos extra judiciales; entre otros.

¿Qué debo hacer?

Se debe legalizar la firma del Secretario o Sub- Secretario del Juzgado interviniente, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.



Certificados de Antecedentes Penales: Esta documentación es la constancia que certifica que una persona registra o no antecedentes penales y/o contravencionales.

  • Policial: Legalizar la documentación en el Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Córdoba y luego en Tribunales, que se encuentra en la calle Arturo M. Bas 158.
  • Reincidencia: Con la firma digital que trae el pdf se puede proceder a apostillar.


Certificado de carnet de conducir: esta certificación debe ser firmada por un Oficial Público, Intendente, Jefe Comunal o Juez de Paz.

¿Qué debo hacer?

Se debe legalizar en Tribunales, en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.

Certificado de Legalidad emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial: Sólo es válido el solicitado para el exterior. Una vez obtenido el pdf, se procede a apostillar.



Certificados de Educación: Títulos, analíticos, certificado de materias aprobadas, correlato de escalas, plan de estudio, carga horaria, programas, etc.

¿Qué debo hacer?

Se deben realizar las legalizaciones respectivas en el Ministerio de Educación de la Nación o Ministerio de Educación de la Pcia. de Córdoba, según corresponda.

Universitario: Legalización del Ministerio de Educación de la Nación. Si la firma es anterior al 2012, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.

Secundarios y terciarios: Legalización del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. Si la firma es anterior al 2010, debe ser legalizado por el Ministerio del Interior.



Certificados de salud. Documentación firmada por un médico

¿Qué debo hacer?

Antes de realizar el apostillado, deberás cumplimentar la siguiente cadena de legalizaciones:

1. Legalizar en Consejo de Médicos

2. Legalizar en Ministerio de Salud

3. Legalizar en Tribunales en la calle Arturo M. Bas 158, Oficina de Legalizaciones.

4- Apostillar en el colegio de Escribanos: ingreso de 8 a 15 hs, por orden de llegada.



Colegios profesionales: Certificados, títulos, especialidades.

¿Qué debo hacer?

Se legaliza en el Colegio profesional correspondiente, en el Ministerio correspondiente, y luego en Tribunales.



Traducciones

Debe ser legalizado en el Colegio de Traductores, Rosario de Sta. Fe 231 piso 5. Solo se reciben traducciones de otras provincias con firma digital. En este caso debe enviar e-mail de la legalización. 



Documentos Notariales:

Primer testimonio; declaración jurada; certificación de firma; certificación de fotocopia (DNI, pasaporte, Libreta de familia, documentos ya apostillados en su original); Certificación de página web; Carta de invitación; Autorización de viaje; Autorización de conducir, entre otros.

IMPORTANTE: NO ESTÁ PERMITIDO EL ENVÍO DE DOCUMENTACIÓN POR CORREO POSTAL. LA MISMA DEBE SER PRESENTADA EN NUESTRA INSTITUCIÓN EN LOS HORARIOS INDICADOS.

DEBERÁ PRESENTARSE PERSONALMENTE al Colegio ya que, una vez transcurrido el plazo de la gestión, informado por caja: SIMPLE (3 días hábiles) o URGENTE (24 a 48 hs.), la documentación ya esta procesada. 

En el caso de no poder asistir de manera personal, puede enviar otra personas con el ticket de control a los fines de poder localizarlo.