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Convenio con Ministerio de Finanzas y Resolución N° 8 del Registro

octubre 23, 2014

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba recuerda que firmó un convenio con el Ministerio de Finanzas y solicita que sea tenido en cuenta por los notarios.

En relación al trámite «para agregar» implementado en el marco del Convenio de Cooperación de referencia, a efectos de que los notarios puedan agregar «sin cargo» ciertos documentos (planos, matrículas, formularios A), a trámites ya iniciados en el Registro General de la Provincia, las autoridades de dicho organismo, comunicaron que se han generado ya las primeras comunicaciones de documentos incompletos a través de esta vía, pero que aún no se han obtenido respuesta por parte de los notarios respectivos.

Asimismo se observó que hay cerca de 200 notarios que aún no están adheridos al servicio de publicidad vía web, por lo cual no tienen acceso al sitio seguro en el cual se puede obtener la información del documento incompleto y generar el formulario para agregarlo al trámite en proceso.

En cuanto a las comunicaciones de documento incompleto, a cada uno de los escribanos se les informará a través de esa vía  los números de trámite correspondiente a los fines de regularizar la situación de dichos documentos.

 

CONVENIO DE COOPERACION ENTRE EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Y MINISTERIO DE FINANZAS – SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS – REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA – DIRECCION GENERAL DE RENTAS – DIRECCION GENERAL DE CATASTRO

 

RESOLUCIÓN GENERAL N° 8 DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA en link: http://boletinoficial.cba.gov.ar/archivos14/061014_BOcba_1s.pdf

 

CONVENIO DE COOPERACION

«Entre el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, representado en este acto por el Sr. Ministro de Finanzas, Cr. Angel Mario Elettore, con domicilio en calle Concepción Arenal 54 de esta ciudad; la Secretaría de Ingresos Públicos, representado por el Sr. Secretario, Cr. Luis Domínguez; el Registro General de la Provincia de Córdoba representado por la Sra. Directora General, Dra. Mónica A. Farfán, con domicilio en calle Luis de Azpeitía esq. Santa Cruz de esta ciudad; la Dirección General de Rentas, representada por su Director General, Cr. Luciano Majlis, con domicilio en calle Rivera Indarte 650, la Dirección General de Catastro, representada por su Director General Ing. Gustavo García, con domicilio en Av. Figueroa Alcorta 234; y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, representado por su Presidente Esc. Angela Victoria Bonetto de Cima, su Secretaria, Esc. Adela Irma Monjo de Contato, y su Protesorero, Esc. Fernando Manuel Lanfranchi, con domicilio en calle Obispo Trejo N° 104, acuerdan celebrar el presente convenio de cooperación, el que se regirá por los términos que seguidamente se estipulan:

ANTECEDENTES

Que las reparticiones dependientes de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, han implementado medidas tendientes al mejoramiento de los servicios que brindan a los usuarios, promoviendo su eficientización y el acercamiento de los mismos. Asimismo, las autoridades del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba y del Registro General de la Provincia han mantenido durante el corriente año 2014 periódicas reuniones a efectos de coordinar acciones de cooperación institucional, las que han resultado de gran provecho para ambas instituciones. En este contexto las partes han solicitado y consensuado la implementación de medidas coordinadas para el mejoramiento de ámbitos de interés común. En consecuencia, resulta conveniente aprovechar las instancias de trabajo abiertas, brindando un marco institucional para que las mismas sean llevadas a cabo, orientándolas al mejoramiento de la eficiencia, eficacia y economía en aquellos aspectos de interés común, ampliándolas con la intervención de las Direcciones Generales de Catastro y Rentas, afianzando la utilización de herramientas informáticas y profundizando el compromiso social de las instituciones involucradas.

PRIMERA: Las partes acuerdan la formación de una «Mesa de Enlace» formada por las autoridades del Registro general de la Provincia, de la Dirección General de Rentas, de la Dirección General de Catastro y del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba en ejercicio de las funciones acordadas mediante Ley N° 4183, a fin de proponer, analizar y disponer las medidas que resulten necesarias para la eficiencia y armonización de los servicios y acciones, en sus ámbitos de actuación común. En este marco, las reuniones podrán efectivizarse con la presencia de todas las partes que suscriben el presente  o, por el contrario, únicamente de aquellas competentes, conforme la temática abordada.

SEGUNDA: que en este marco, fruto de las reuniones ya mantenidas entre las autoridades del Registro General de la Provincia y las autoridades del Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, se ha estimado pertinente y oportuno disponer las medidas contempladas en el Anexo I de la presente, en el carácter allí precisado.

TERCERA: Facúltase a las Direcciones Generales de Rentas, Catastro y Registro General a suscribir conjunta o individualmente, los instrumentos y addendas al presente que resultan necesarias para instrumentar medidas en orden al mejoramiento, eficientización y armonización de los servicios que prestan, y de toda aquella que pueda surgir del ámbito de la actuación de la creada “Mesa de Enlace”.

Leído y ratificado que fuera por las partes, éstas firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Córdoba, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil catorce.

 

ANEXO I – CONVENIO DE COOPERACIÓN

INCORPORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACCESORIA FALTANTE A UN DOCUMENTO EN TRAMITE DE REGISTRACION ANTE EL REGISTRO GENERAL

 

PRIMERO: De modo provisorio y excepcional, hasta el día 31 de diciembre de 2014, se ha estimado pertinente y oportuno la habilitación de un mecanismo para que los señores Escribanos puedan incorporar a un trámite de registración ante el Registro General de la Provincia, documentación accesoria y necesaria para el mismo, obtenida luego de la presentación del respectivo documento ante tal repartición. De este modo, se procura evitar que un documento deba ser observado como único modo de incorporar documentación a través del reingreso del mismo en carácter de “observado cumplimentado”, con el desgaste administrativo que ello supone para la Administración y la demora en la conclusión del trámite que esto importa para el usuario.

SEGUNDO: dicho mecanismo podrá ser utilizado para incorporar en los documentos notariales en trámite de inscripción únicamente los siguientes elementos: a) Solicitud de Inscripción/Certificado Catastral; b) Matrícula confeccionada (cuando corresponda); o c) Plano a protocolizar (cuando corresponda).

TERCERO: el ingreso de la documentación aludida precedentemente, se realizará bajo un diario de ingreso identificado con la medida “AGR”, el que no tendrá costo alguno para el usuario y podrá ser presentado siempre que el documento aún no haya sido derivado por el agente calificador a “Casillero” en calidad de “Observado”. A tal fin, los Escribanos deberán ingresar a través del sitio seguro del Registro General, al servicio “Documentación Faltante”, generando un formulario que deberá ser presentado al efecto con la documentación en cuestión.

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