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El Gobierno flexibiliza el control de documentación por parte de las empresas de transporte internacional

febrero 10, 2025

La Dirección de Migraciones dictó una disposición que dispensa a las empresas de transporte internacional verificar la documentación necesaria para egresar del país cuando se trate de menores o extranjeros con residencia transitoria. Sin embargo, dicha documentación será exigida y corroborada por la autoridad migratoria correspondiente. 

Las empresas de transporte dejarán de pedir documentación para viajes de menores y requisitos de residencia en el caso de los extranjeros, luego de que el Gobierno dictará una nueva medida que avanza en la desregulación del transporte de pasajeros. 

Se trata de la disposición 166/2025, publicada el 30 de enero en el Boletín Oficial, que reemplaza la normativa vigente hasta la semana pasada. Antes, las empresas de transporte de pasajeros internacionales estaban obligadas a constatar la identidad de los menores y la autorización de sus progenitores o tutores para viajar al exterior. También debían controlar la documentación de residencia de los extranjeros que ingresaban y salían del país. Luego, los pasajeros debían presentar esos mismos documentos ante las ventanillas de Migraciones.

La flexibilización de esta inspección afecta no solo a los menores, sino a la acreditación de la residencia de las personas extranjeras que entran y salen del país. Y alcanzará a toda empresa de transporte internacional, sea de carácter aéreo, terrestre, marítimo o fluvial, que preste servicios en los pasos internacionales habilitados.

 

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