La Afip duplicó las escalas del Monotributo (www.afip.gob.ar/monotributo) e informó que la recategorización vence el 30 de setiembre próximo. Originalmente, vence el 20 de cada cuatrimestre, pero a raíz de los cambios y de manera excepcional, se extendió hasta el 30.
El procedimiento para la recategorización se mantiene como hasta ahora, el cual está basado en el criterio de promedio móvil de facturación de los últimos 12 meses: al cabo de cada cuatrimestre, con fecha de vencimiento el 20 del mes siguiente, aquellos contribuyentes que superen o, por el contrario, estén por debajo de los parámetros de la categoría en la cual están inscriptos, pueden moverse dentro de categorías menores o mayores, según corresponda el caso. El promedio se realiza a partir de una base anual histórica de facturación al final de cada cuatrimestre, en enero, mayo y setiembre.
Por otra parte, indicaron que no se modificaron los importes a ingresar en concepto de impuesto integrado ni de Seguridad Social.
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