A partir del 1 de abril rige un nuevo procedimiento a realizar de forma obligatoria para la venta de legalizaciones.
Caso 1 (Venta a Escribano o gestor de escribano)
El cajero al momento de vender una legalización solicita al escribano y/o gestor del escribano el nombre y debe incluirlo en el sistema (Apellido y Nombre del escribano).
Caso 2 (Venta a un tercero No Escribano Ni gestor de Escribano)
El cajero al momento de vender una legalización solicita al tercero una identificación e incluye el número de DNI, Apellido y Nombre correlativamente en el sistema (DNI, Apellido y Nombre del tercero, en este orden).
Los terceros que realicen legalizaciones, deben presentar el DNI para su identificación.
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Comments
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Mariana
Buen dia, es necesario que el tercero que lleve una legalizacion presente una fotocopia de su DNI? o solo mostrar el DNI?
Gracias
Abr 28, 2015, 1:46 pm
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