Córdoba 16/04/2020
IMPORTANTE
PAGOS DE IMPUESTO DE SELLOS PENDIENTES
En reunión mantenida hoy con las autoridades de la D.G.R. la misma solicita comuniquemos a los señores escribanos que “hasta que la DGR envíe próximamente el comunicado oficial, la decisión del organismo fiscal respecto al vencimiento e ingreso de lo retenido como Impuesto de Sellos por actos celebrados con anterioridad al 20/03/2020 y que vencieran durante el periodo de cuarentena sin poder ser depositados por SIDANO, el escribano deberá realizar el pago del Impuesto de Sellos correspondiente a dichos actos generando la boleta F-5650 a través del aplicativo domiciliario de Sellos que opera bajo la plataforma SIAP y efectuar el pago electrónico. Considerando que si efectiviza el pago hasta la fecha que establecerá la Dirección General de Rentas en la comunicación oficial, podrá hacerlo sin recargos y sin aplicación de alícuota agravada. Para ello es fundamental que los escribanos comuniquen al colegio los actos que están en esa condición y que no pudieron depositar por SIDANO, y los mismos serán los únicos autorizados y registrados por el Organismo Fiscal para que excepcionalmente puedan hacerlo sin recargo ni agravamiento hasta la fecha establecida”
En razón de ello es que se solicita a los señores escribanos informen al colegio de escribanos mediante el siguiente formulario el listado de escrituras otorgadas hasta el 20 de marzo pasado y cuyo pago de impuesto de sellos se encuentre pendiente, indicando sólo los datos en ella requeridos: Cuit y nombre del Escribano, N° de Escritura cuyo pago se encuentra pendiente y fecha.
Consultas al mail: presidencia@escribanos.org.ar
Atte
Junta Ejecutiva
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